Viernes, 18 de Mayo de 2012

sociales4

 SERVICIO MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA.


 


1. LA LEY DE DEPENDENCIA.CONCEPTO Y DEFINICIÓN.


 La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a Personas en Situación de Dependencia, establece un nuevo derecho de ciudadanía que garantiza la atención y cuidados a las personas en situación de dependencia que necesitan ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria (higiene, alimentación, movilidad, …).


2 ¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL RECONOCIMIENTO DE LA DEPENDENCIA?


Pueden solicitar el Reconocimiento de Dependencia y el derecho a los Servicios y Prestaciones reconocidos por la ley, todos aquellos españoles que presenten problemas de dependencia en alguno de los grados establecidos, y que residan en España al menos cinco años, siendo dos de ellos inmediatamente anteriores al momento de realizar la solicitud.


Los grupos más vulnerables y propensos a padecer problemas de dependencia son:


-personas mayores dependientes


- discapacitados físicos e intelectuales


- enfermos mentales


- menores de tres años con problemas de dependencia


3. ¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LAS AYUDAS Y PRESTACIONES QUE CONTEMPLA LA LEY?


1-Información y Solicitud en el Servicio Municipal de Atención a la Dependencia que se ubica en los Servicios Sociales de Alcàsser.


2- Citación para la valoración de la situación de dependencia en el domicilio del solicitante, y determinación del grado y nivel de la misma, por parte de la Consellería de Bienestar Social.


3-Visita domiciliaria para la elaboración del Informe Social sobre el entorno, por parte de la Trabajadora Social del Servicio Municipal de Atención a la Dependencia.


4- Resolución del grado y nivel de dependencia reconocidos por parte de la Conselleria de Bienestar Social.


5-Elaboración del PIA (Programa Individual de Atención). Propuesta en la que se establecen las alternativas de servicios y prestaciones más adecuadas a las necesidades del beneficiario según su grado y nivel de dependencia.


6-Negociación del PIA con el beneficiario por parte del Trabajador/a Social del Servicio Municipal de Atención a la Dependencia.


7-Aprobación del PIA y puesta en marcha de los Servicios y Prestaciones.


 4. ¿CUÁLES SON LOS GRADOS Y NIVELES DE DEPENDENCIA QUE EXISTEN?


<Dependencia Moderada – Grado I (Nivel 1 y 2)


<Dependencia Severa – Grado 2 (Nivel 1 y 2)


<Gran Dependencia – Grado 3 (Nivel 1 y 2)


 5. ¿QUÉ SERVICIOS Y PRESTACIONES OFRECE LA LEY?


-Prevención y promoción de la autonomía personal


-Teleasistencia


-Servicio de Ayuda a Domicilio


-Centro de Día


-Atención Residencial


-Prestación Económica Vinculada al Servicio


-Prestación Económica para Cuidados en Entorno Familiar y Apoyo a Cuidadores No profesionales


-Prestación Económica de Asistencia Personal


 6. HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO


-Trabajadora Social: Alicia Gallent Ripoll


-Horario de atención telefónica y visitas domiciliarias:


Lunes, Miércoles y Jueves de 9:00 - 14:00.


-Horario de atención al público:


Jueves de 9:30 – 13:30

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